El primer ejemplo prescrito del estudio cubre los desplazamientos masivos en Europa entre 1945 y 1960. El final de la Segunda Guerra Mundial dejó al continente con decenas de millones de personas fuera de sus lugares de residencia: supervivientes de los campos nazis, prisioneros de guerra liberados, trabajadores forzosos, civiles huidos del avance del Ejército Rojo, minorías expulsadas tras el redibujado de fronteras de Potsdam. El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), en sus propias estimaciones retrospectivas, sitúa el orden de magnitud del desplazamiento europeo de la inmediata posguerra por encima de los 40 millones de personas; los manuales académicos suelen manejar cifras de entre 50 y 60 millones cuando se suman todas las categorías (supervivientes, expulsados, repatriados forzosos y desplazados internos). La gestión de esa masa humana, en un continente arrasado y partido en bloques, obligó a inventar de cero un régimen internacional de refugio.
El IB lo elige por dos razones que conviene retener desde el inicio. La primera es histórica: este es el caso fundacional del derecho internacional de los refugiados contemporáneo —la Convención de Ginebra de 1951 nace exactamente aquí—. La segunda es pedagógica: en quince años se pueden estudiar tres movimientos institucionales sucesivos (UNRRA, OIR, ACNUR), una experiencia de campos de personas desplazadas (los DP camps en Alemania, Austria e Italia) y al menos cuatro tipos de actores estatales con lógicas distintas (potencias aliadas occidentales, Unión Soviética, Estados emisores y Estados de reasentamiento).