Ante el cambio climático hay dos tipos de respuesta — y ambas son necesarias y complementarias. La mitigación reduce las emisiones o aumenta los sumideros para limitar el calentamiento futuro; la adaptación protege a sociedades y ecosistemas de los efectos del calentamiento ya inevitable. Este subtema cubre las opciones técnicas, los marcos políticos internacionales y por qué la justicia climática es inseparable de la política climática.

Definiciones clave

  • Mitigación: acciones para reducir emisiones de GEI o aumentar la captura de carbono.
  • Adaptación: acciones para reducir la vulnerabilidad de personas y ecosistemas a los efectos del cambio climático ya inevitable.
  • Energía renovable: producida por fuentes que se reponen rápidamente: solar, eólica, hidráulica, geotérmica, biomasa sostenible.
  • Eficiencia energética: producción del mismo servicio con menos energía. La mayor "fuente" de energía no contaminante.
  • CCS (Carbon Capture and Storage): captura de CO₂ en la fuente (centrales, industria) y almacenamiento geológico permanente.
  • CDR (Carbon Dioxide Removal): captura de CO₂ ya presente en la atmósfera (reforestación, captura directa del aire, mejora de suelos).
  • Geoingeniería: intervenciones a gran escala en el sistema climático. Solar: inyección de aerosoles estratosféricos para reflejar luz solar. Controvertida.
  • Acuerdo de París (2015): marco internacional COP21 que compromete a los países a mantener el calentamiento "muy por debajo de 2 °C", preferiblemente 1,5 °C, mediante NDCs (compromisos nacionales).
  • Net-zero: balance neto entre emisiones y captura igual a cero. Requiere emisiones casi nulas + captura del residual.

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